El día 17 de julio de 2009 se publica la Orden SAS/1915/2009, de 8 de julio, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano, por lo que las empresas de fabricación y/o elaboración y/o transformación y/o distribución de sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano deberán tener en cuenta lo siguiente:

Información sobre las sustancias.

La información que debe suministrarse por cada lote de producto es la que a continuación se detalla, haciéndose constar además la fecha de fabricación y el número de lote:

- Ficha de datos de seguridad completa del preparado.

- Manual de uso del producto, donde al menos deberá constar:
     a) modo de empleo.
     b) Dosis recomendad.
     c) Finalidad del producto.
     d) Incompatibilidades con otros productos y/o materiales.

Cumplimiento de la norma UNE-EN.
1. Los fabricantes y envasadores de las siguientes sustancias: ácido acético, ácido clorhídrico, ácido fosfórico, ácido hexafluorosilícico, ácido sulfúrico, ácidos fosfónicos y sus sales, alginato de sodio, almidones modificados , alúmina activada granulada, aluminato de sodio, aluminosilicato expandido, amoniaco licuado, amoniaco, antracita, arena verde de manganeso, arena y grava de cuarzo, barita, bentnita, bisdihidrógenofofato de calcio, cal, carbón activo en polvo, carbón activo granulado reactivado, carbón activo granulado virgen, carbón pirolizado, carbonato de calcio recubierto de dióxido de manganeso, carbonato de calcio, carbonato de sodio, clorato de sodio, clorito de sodio, clorosulfato de hierro, cloruro de aluminio, hidroxicloruro de aluminio, hidroxiclosulfato de aluminio, cloruro de aluminio y de hierro, hidroxicloruro de aluminio y de hierro, cloruro de amonio, cloruro de hierro, cloruro sódico para la regeneración de resinas de intercambio iónico, cloruro de sodio para la generación electroquímica de cloro utilizando tecnología sin membranas, dihidrógeno fosfato de potasio, dihidrógeno fosfato de zinc en solución, dihidrógenofosfato de sodio, dihidrógenopirofosfato de sodio, dióxido de carbono, dióxido de manganeso, disulfito de sodio, dolomita semicalcinada, fluoruro de sodio, fosfato tripotásico, fosfato trisódico, granate, hexafluorosilicato de sodio, hidrógeno carbonato de sodio, hidrógenofosfato de potasio, hidrógenofosfato de sodio, hidrógenosulfito de sodio, hidróxido de sodio, hierro recubierto con alúmina granular activada, óxido hidróxido de hierro, oxígeno, ozono, perlita en polvo, permanganato de potasio, permanganato de sodio, piedra pómez, pirofosfato tetrapotásico, pirofosfato tetrasódico, poli, polifosfato de sodio y calcio, polifosfato de sodio, polifosfatos, polihidroxiclorosilicato de aluminio, polihidroxicloruro de aluminio y polihidroxiclorosulfato de aluminio, polihidroxisulfatosilicato de aluminio, silicato de sodio, sulfato de aluminio y de hierro, sulfato de aluminio, sulfato de amonio, sulfato de cobre, sulfato de hierro, sulfato de hierro líquido, sulfato de hierro sólido, sulfito de sodio, tierra de diatomeas en polvo, tiosulfato de sodio, tripolifosfato de potasio, tripolifosfato de sodio, cloro, dióxido de azufre, dióxido de cloro, hipoclorito de calcio, hipoclorito de sodio, peróxido de hidrógeno, peroximonosulfato de potasio, ácido tricloroisocianúrico, dicloroisocianurato de sodio, anhidro, dicloroisocianurato de sodio y dihidratado; deberán suministrar a los distribuidores de estos productos la siguiente documentación:

En cuanto al análisis del producto, certificado demostrando que los resultados del análisis de una/s muestra/s de la sustancia, impurezas y subproductos principales cumple con la norma UNE-EN.

Por lo que se refiere a la certificación del producto, certificado de producto por una entidad certificadora, acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación para este fin. El certificado deberá estar al menos en castellano.

Plazos de obtención de la documentación para demostrar el cumplimiento de la norma UNE EN.


Se estipulan los siguientes plazos:


- para el análisis del producto, un año desde la fecha de publicación la Orden SASA/1915/2009, es decir, una año desde el 17 de julio de 2009.


- para la certificación del producto, tres años desde la fecha de publicación la Orden SASA/1915/2009, es decir, una año desde el 17 de julio de 2009.


Descargar carta de la conselleria, pulsando aquí.

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