Ante varias actas de inspección de vehículos de transporte de mercancías peligrosas de empresas asociadas a QUÍMICOS, hemos observado que algunas de ellas finalizaban en sanción por la falta de equipos de seguridad, tales como linternas o alfombrillas anti-derrames. Hemos realizado la consulta pertinente con el Consejero de Seguridad de varias empresas del sector, obteniendo las siguientes observaciones y recomendaciones:

El ADR en la sección 8.1.5 -equipamiento diverso y EPI's- dice que,

1- cada camión debe llevar,
    • un calzo
    • dos triángulos
    • líquido lava ojos
2- cada miembro del camión,
    • un chaleco
    • una linterna
    • un par de guantes de protección
    • unas gafas protectoras
3- si se llevan productos de la clase 8, corrosivosclase 3, líquidos inflamables; clase 4.1, materias sólidas inflamables; clase 4.3, materias que desprenden gases en contacto con agua; clase 9, materias y objetos diversos,
    • una pala
    • un obturador alcantarillas
    • un recipiente colector
4- si se llevan productos con la etiqueta de peligro 2.3, gases tóxicos o de la clase 6.1, materias tóxicas,
  • una máscara de evacuación de emergencia

La pala debe ser anticipas (de plástico), el cubo debe tener al menos 5L de capacidad y la alfombrilla debe resistir el líquido que pretende separar de las alcantarillas (plástico normal o siliconas si llevamos ácidos)

En definitiva, se recomienda evitar especular y adquirir un "kit"  
  ó http://www.cotonesaguirrezabal.es/prod3_kits2_fichas.php que cumple con la legislación, va empaquetado ocupando lo mínimo y no nos llevaremos sorpresas.

1 comentaris:

Formacion ADR dijo...

Entiendo que por sentido común, esta y otras especificaciones sean así, o parecidas, pero en que parte del ADR 2011 se indica esto? Porque para ser antichispas tiene que ser plástico? Porqué no se especifica la necesidad de la linterna antichispas ( indicado en ADR 2011) Recipiente 5 litros, pero la pala es un recogedor de plástico? ( lo entiendo así por la capacidad y tamaño del kit, no porque se vea en la foto). Es muy bueno que se vayan adaptando estas normativas, que en ocasiones no tienen mucho sentido..... Para que quiero una pala y un cubo si no dispongo de material absorbente para recoger líquidos? En fin que esta bien saber las opiniones de los consejeros, pero se han realizado estas consultas al Ministerio de Fomento (máximo organo regulador a nivel nacional para este tipo de rte) y no han especifica más que lo que indica ADR 2011. Con esto no quiero decir que sea mala idea, pero deberá ser para todo: linterna ex, pala antichispas adecuada en tamaño y forma, obturador válido y reutilizable, material absorbente en el kit, máscara completa para los transportes que lleven tóxico y no las mascarillas que se incluyen generalmente, las cuales no evitan la absorción ocular de los gases tóxicos. Etc. En definitiva que a esto le hace falta una regulacion más clara para no dar lugar a duda y que cada uno pueda llevar lo que quiera únicamente con el fin quitamultas y no con el fin de uso en caso de actuación en un incidente.