El ajuste del IVA incluye que algunos productos por los que se cobraba un IVA reducido pasen a la categoría general, por lo que discotecas, servicios funerarios, cines, teatros, gafas y lentillas y peluquerías costarán a partir del 1 de septiembre un 13% más.
· IVA súper reducido (4%)
En este grupo, que no se modifica, se mantendrán los productos de primera necesidad. Entre ellos, pan, leche, huevos, frutas, hortalizas, cereales y quesos. Además, también se benefician los libros, periódicos y revistas no publicitarios y los medicaments.Només habrá cambios en el caso de la compra de vivienda habitual. Y es que, "a partir del 1 de enero de 2013, a las transacciones de nuevos pisos se les aplicará el IVA reducido del 10%, en lugar del 4%".
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Decreto 52/2012 de 6 de julio. Se regulan los establecimientos y servicios biocidas, así como los requisitos para la inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas
0 comentarisEl objeto del presente Decreto es establecer las condiciones y requisi- tos para la inscripción, estructura y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de las Illes Balears.
El Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas, en ade- lante Registro, se adscribe a la Dirección General de Salud Pública y Consumo y será gestionado por ésta.
Se inscribirán obligatoriamente en el Registro, con carácter previo al inicio de su actividad:
a) Las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos que realicen actividades de fabricación, envasado, almacenamiento y comercializa- ción en las Illes Balears de cualquier biocida de los grupos indicados en el anexo de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, que establece las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas.
b) Las personas físicas o jurídicas que realicen servicios de aplicación con biocidas incluidos en el ámbito de aplicación del presente Decreto, cuando estos servicios se presten en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Con carácter corporativo.
- De servicios a terceros.
- En instalaciones fijas de tratamiento.
Quedan excluidos de la obligatoriedad de inscripción en el Registro:
a) Los establecimientos en los que se comercialicen exclusivamente bio- cidas que figuren inscritos en el Registro Oficial de Biocidas para uso por el público en general o para la higiene humana.
b) Los establecimientos en los que se fabriquen, formulen, manipulen, almacenen o comercialicen desinfectantes de material clínico, farmacéutico, de ambiente clínico o quirúrgico, o plaguicidas de uso en la higiene personal.
c) Los servicios biocidas de carácter corporativo que actúen exclusiva- mente en la prevención y control de legionelosis, en aplicación del artículo 13 del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
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PIMEM se opone a la liberalización de horarios comerciales que anuncia el Gobierno, y que incluye Palma como ZGAT
0 comentarisJaume X. Rosselló, Presidente PIMEM |
La Federació de la Petita i Mitjana Empresa de Mallorca, PIMEM, que preside Jaume Xavier Roselló, hará todo lo que esté de su mano para oponerse a las medidas liberalizadoras en materia de horarios comerciales que viene anunciando el Gobierno central, y que supondrán un grave perjuicio para el pequeño comercio frente a las grandes superficies, únicas beneficiadas de las citadas medidas.
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